Actualización de Normativas de la DGT en Autopistas y Autovías a partir de 2025:
Cambios Relevantes para los Conductores
La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto modificar ciertos artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) relativos al uso de los carriles y arcenes en vías interurbanas, con repercusiones para todos los vehículos.
Según aclaraciones emitidas por la misma DGT, estos cambios se orientan hacia la mejora de la seguridad y fluidez del tráfico. Estas modificaciones se implementarán mediante un Real Decreto y entrarán en vigor en el año 2025.
Prohibición de adelantar con mal tiempo
El primer cambio contemplado por la DGT consistirá en la inclusión de un nuevo apartado al artículo 31 del Reglamento, el cual establecerá pautas específicas para la circulación en autopistas y autovías bajo condiciones adversas como hielo o nieve.
Bajo estas circunstancias, se indicará la prohibición de adelantar para todos los vehículos, siendo obligatorio mantenerse en el carril de la derecha y respetar las restricciones establecidas según el nivel de precipitación. Esto permitirá que el carril izquierdo quede despejado para la circulación de vehículos de emergencia y maquinaria quitanieves. La subdirectora adjunta de Circulación de la DGT, Ana Blanco, ha señalado que esta medida tiene como objetivo facilitar las labores de mantenimiento vial durante condiciones climáticas adversas.
Cuando haya retenciones en la carretera
En segundo lugar, se planea modificar el artículo 31 del Reglamento para regular la conducta de los conductores en autopistas y autovías durante retenciones o accidentes que generen un flujo de tráfico muy lento o detenido por completo. Bajo esta nueva normativa, se exigirá a los conductores apartarse hacia los lados, de manera que se forme un pasillo central entre carriles que permita el acceso de vehículos policiales y de emergencia. Esta medida busca priorizar la fluidez en el tráfico y agilizar la respuesta ante situaciones de emergencia.
Ambulancias por el arcén
Por último, se prevé que la próxima modificación del Reglamento General de Circulación autorice a vehículos prioritarios y de auxilio en vías públicas, como ambulancias y grúas, a utilizar los arcenes para servicios de urgencia, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones de seguridad, como el uso de señales luminosas y reflectantes correspondientes, así como una velocidad máxima controlada de 30 km/h, salvo para los vehículos prioritarios.
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